Hay fechas que son banderas de lucha, fechas donde nacen personas, algunas simbolizan tanto que dejaron el almanaque para entrar en los recovecos del alma humana, nunca formarán parte del tiempo perdido ni serán un día más, porque estos días simbolizan para algunos alegría, para otros voces de lucha, de paz, de derechos, de igualdad y de consagración, de todo esto se trata cada 3 y 13 de diciembre, conmemoración que coinciden con la aprobación de la “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo” que suponen la culminación de una reclamación antigua e histórica requerida por el colectivo nacional y mundial de la discapacidad.
24º
Aniversario
Día Internacional de las
Personas con Discapacidad
3 de diciembre de 2016
- Divulgar
las normas que amparan a las personas con discapacidad, especificando los
derechos y sosteniendo la responsabilidad de su cumplimiento por parte de los
involucrados directos en proporcionarlos y del conjunto de la sociedad en
exigirlos;
- Fortalecer
las acciones tendientes a establecer principios de igualdad de oportunidades
superando las desigualdades que en cualquier orden y ámbito, constituyen
dificultades para las personas con discapacidad;
- Fomentar
conductas responsables y solidarias para recrear una sociedad que incluya y
posibilite el logro de los derechos universales para todas las personas con
discapacidad.
10º Aniversario
Convención
Sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad
13 de diciembre de 2016
En el pasado año del
Bicentenario de la Patria, la celebración del pasado 3 de diciembre de 2016,
coincidió con el 10º Aniversario de la aprobación del Primer Tratado de
Derechos Humanos del siglo XXI, como lo es la “Convención sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo”, que fue aprobada por
la Asamblea General de Naciones Unidas, el 13 de diciembre de 2006, uno de los
grandes hitos Internacionales en materia de discapacidad, que marco un cambio
de paradigma, de las actitudes y enfoques respecto de las personas con
discapacidad, desde una mirada asistencialista a un enfoque de Derecho . En
concordancia con los requerimientos internacionales, el 6 de junio de 2008, la
Republica Argentina ratifico su compromiso con este Instrumento Supralegal
otorgándole por unanimidad del Congreso Argentino, la Jerarquía Constitucional,
bajo la Ley Nacional Nº 26.378 (Publicada en el B. O. el 09/06/2008), con su
ratificación se incorporo a nuestro ordenamiento jurídico, el rango
constitucional que le otorga la Ley Nacional Nº 26.378 y 27.044 de Jerarquía
Constitucional a la “Convención sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo
Facultativo”; Con este instrumento jurídico vinculante, la Convención está en
un plano de igualdad con la Constitución Nacional, es decir, que cualquier Ley
de la República Argentina que sea contraria a lo que establece la Convención
resulta incompatible e inconstitucional y por tanto se la debe adecuar, modificar
y/o derogar; La Convención hoy en día, es un instrumento jurídico que debe ser
tomado como política de Estado a implementar. Esto significa, de acuerdo al
Artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, que ninguna ley
nacional o provincial y ningún decreto, resolución o disposición de las
autoridades nacionales, provinciales y municipales pueden desconocer o dejar
sin efecto, los derechos que asisten a las personas con discapacidad, que están
reconocidos en la CDPD.
El principal propósito
de la Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en
condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de
su dignidad inherente. (Art. 1).
La Convención
se concibió como un instrumento de derechos humanos con una dimensión explícita
de desarrollo social. En ella se adopta una amplia clasificación de las
personas con discapacidad y se reafirma que todas las personas con todos los
tipos de discapacidad deben poder gozar de todos los derechos humanos y
libertades fundamentales. Se aclara y precisa cómo se aplican a las personas
con discapacidad todas las categorías de derechos y se indican las esferas en
las que es necesario introducir adaptaciones para que las personas con
discapacidad puedan ejercer en forma efectiva sus derechos y las esferas en las
que se han vulnerado esos derechos y en las que debe reforzarse la protección
de los derechos.
Mensaje del Secretario General de las Naciones Unidas en el Día
Internacional de las Personas con Discapacidad: “Este año celebramos el Día
Internacional de las Personas con Discapacidad tras haber aprobado la ambiciosa
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Este plan global de acción nos insta
a “no dejar a nadie atrás”.
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