CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS
DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD
11º año de su aniversario de aprobación Mundial
La Convención subraya que las personas con
discapacidad no deben ser objeto de políticas de caridad sino que son sujetos
de pleno derecho
Por Luis Liendro
La Convención
sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) es el primer tratado
de Derechos Humanos del siglo XXI. Dado el “rango constitucional” con la que
ostenta la Convención en la Republica Argentina, es un instrumento jurídico
vinculante que está en un plano de igualdad con la Constitución Nacional, es
decir, que cualquier Ley de la República Argentina que sea contraria a lo que
establece la Convención resulta incompatible e inconstitucional y por tanto se
la debe modificar y/o derogar; Esto significa, de acuerdo al Artículo 75º
inciso 22º de la Constitución Nacional, que ninguna ley nacional o
provincial y ningún decreto, resolución o disposición de las autoridades
nacionales, provinciales y/o municipales puede desconocer o dejar sin efecto el
derecho de las personas con discapacidad, reconocidos en la Convención sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Este año 2017, se
cumplen 11 años de la aprobación de la “Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo” por la Asamblea General
de la Naciones Unidas, la cual fue ratificada por unanimidad, por el Congreso
de la Nación Argentina mediante dos Leyes Nacionales, en el año 2008, Ley
Nacional 26.378 y en el 2014 se le
otorga Jerarquía Constitucional en los términos del Articulo 75º Inc. 22 de
nuestra Constitución Nacional a través de la Ley Nacional 27.044, promulgada el
11 de diciembre de 2014. Por tanto,
desde su entrada en vigor el 21 de mayo de 2008 está integrado al ordenamiento
jurídico de la Republica Argentina y se la puede invocar ante cualquier tipo de
autoridad política, judicial y/o administrativa.
El Estado en sí,
está obligado y lo que debe buscar desde las más altas esferas gubernamentales
y de ahí para abajo el estricto cumplimento jerárquico de todos sus articulados
de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y
puntualmente los Artículos 8º, 12º, 27, 30º y 33º, (la mención de
estos cinco artículos es meramente un visión personal, como pueden haber tantas
otras visiones importantes de otros articulados de la Convención) conforme al status
jurídico con que ostenta constitucionalmente la Convención, nuestro Estado
tiene el deber de reconocer a las personas con discapacidad y de asegurarles
los derechos axiomáticos que ya están implícitamente reconocidos en la Convención
sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y quien suscribe, denomino
a este instrumento jurídico como la “Ley Universal de la Discapacidad”.
La Convención
hoy en día, es un instrumento jurídico que debe ser tomado como política de
Estado a instrumentar y a implementar. Para mi opinión personal la Convención
es el mejor Programa Nacional de Gobierno, para aplicar y poner en práctica su
instrumentación concreta y así poder estar a la altura de los países más
desarrollado, en calidad de vida y del respeto a la promoción de todos los
derechos humanos.
La Convención en
su artículo primero determina que las personas con discapacidad “incluyen a
aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales
a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su
participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con
las demás”. Rompe así con la definición clásica de la discapacidad, que situaba
toda la “responsabilidad” de su desventaja social en las propias personas con
discapacidad, proponiendo una nueva perspectiva con una doble dimensión: el
individuo con discapacidad y la sociedad. De este modo, hace responsable a la
sociedad de velar por que se incluyan todos los apoyos necesarios para que las
personas con discapacidad puedan ejercitar y disfrutar de sus derechos como el
resto de personas. Este espíritu puede verse reflejado en todo el articulado de
la Convención, que se basa en ocho principios rectores recogidos en su artículo
tercero:
·
El respeto de la dignidad inherente, la
autonomía individual, en la que se incluye
·
La libertad de tomar las propias
decisiones, y la independencia de las personas.
·
La ausencia de discriminación.
·
La participación e inclusión plenas y
efectivas en la sociedad.
·
El respeto por la diferencia y la
aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la
condición humanas.
·
La igualdad de oportunidades.
·
La accesibilidad.
·
La igualdad entre hombre y mujer.
·
El respeto a la evolución de las
facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a
preservar su identidad.
La Convención
subraya que las personas con discapacidad no deben ser objeto de políticas de
caridad sino que son sujetos de pleno derecho. Por tanto, los Estados Parte
deben garantizarles el derecho a la vida, el acceso a la justicia, la libertad
para elegir su residencia, la libertad de expresión, opinión e información y la
educación inclusiva en todos los niveles, entre otros.
Podemos decir con
autoridad justificada que desde nuestros equipos, fuimos la primera agrupación
en re-instalar el tema de la discapacidad, en las esferas de la política
Argentina, es decir en la dirigencia política nacional y en ese sentido
opinamos, aportamos nuestro granito de arena, y sabemos lo que decimo y porque
lo decimo. Desde nuestra organización venimos organizando, desde hace varios
años, una serie de actividades vinculadas a generar conciencia, respeto, mas
aun nuestro principal propósito siempre fue la “visibilización” de la temática
de la discapacidad y observar el cumplimiento del mandato constitucional con lo
que ostenta la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,
en torno a varios Artículos específicos 8º, 12º, 27, 29, 30º y 33º, para que
sean tenidos en cuenta y respetados por parte de los organismos gubernamentales
y demás entidades no gubernamentales, en función de que estos articulados
tienen un interés particular y por lo cual los hemos promovido durante todas
nuestras campañas y porque algunos promueven específicamente y fomentan la
participación y hacen a que las personas con discapacidad permanezcan
involucradas y visible en la vida política y pública, entre otras cosas del
país.
Es así, que
cuatro meses antes que fuera sancionada y aprobada la Convención sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad por la Asamblea General de las
Naciones Unidas, el 13 de diciembre de 2006; En Argentina nuestro agrupamiento
anoticiado del trabajo que se venía realizando del primer tratado de Derechos
Humanos del siglo XXI de Naciones Unidas, nosotros aquí en Argentina meses
antes, el 23 de agosto de 2006, emitíamos un petitorio por una serie de
incumplimiento de normativas por parte del Poder Ejecutivo Nacional, en sí, de
todo el arco de organismos gubernamentales nacionales, provinciales y
municipales, en ese sentido tuve la responsabilidad de redactar el petitorio
que llevara el apoyo y firma de innumerables personas con discapacidad y de
organizaciones civiles, dicho petitorio llevaba la firma testimonial de la
Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y dicho documento fue
presentado al Poder Ejecutivo Nacional (Presidente de la Nación Néstor Carlos
Kirchner) el 23 de agosto de 2006, dichas actuaciones registran, Despacho
Presidencial Nº 199956 y Ref: DE-184528-06-13. El Petitorio entregado en ese
entonces, se dio a conocer por varios portales web de organizaciones no
gubernamentales, como de algunos diarios locales de diversos municipios del
conurbano bonaerense, estamos recordando lo que sucedía hace once años atrás.
Durante todo
estos años que estamos recordando, se ha venido visitando y hemos sido
invitados por numerosas organizaciones civiles, políticas, sindicales y
gubernamentales, de casi todas las regiones del norte de nuestro país, llevando
con entusiasmo la voz de sus derechos y promoviendo conciencia de los cambios
que se deben realizar en torno al tema de la discapacidad, de forma
constructiva y positiva, es así como nosotros, el equipo federal de amigos y
amigas que tenemos en toda la Argentina seguimos y seguiremos aportando nuestro
granito de arena, en la promoción y defensa de los derechos legítimos del
colectivo que nos ocupa, junto a mi equipo histórico y seguiremos promocionando
nuestro libros y escribiremos otros más. En la nueva cultura de inclusión que
se viene, vamos a buscar que el tema de la discapacidad, no sea nunca más
invisible.
©-Tus Derechos/2017. Queda
permitida su reproducción total o parcial de este documento para fines pedagógicos y su
concientización, mencionando su fuente de origen.
|
Comentarios
Publicar un comentario
Agradecemos tu visitar a la página.